ACTUALMENTE EN EL SALAR DE ATACAMA OPERAN SQM Y ALBEMARLE
Luego de los alegatos del martes, este miércoles la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección presentado por la comunidad atacameña de Coyo en contra el acuerdo entre Codelco y SQM, que busca operar en forma conjunta en el Salar de Atacama hasta 2060, como parte de la Estrategia Nacional del Litio.
La acción de los comuneros, rechazada unánimemente por la Segunda Sala del tribunal de alzada, fue ingresada en junio pasado por considerar que dicha suscripción público-privada firmada el 31 de mayo no representa un acto que habilite, por ahora, la intervención del Salar de Atacama, la tramitación de permisos ambientales y consultas indígenas respectivas.
En fallo de los ministros Virginia Soublette, Juan Opazo y el abogado (i) Marcelo Díaz, rechazó la acción cautelar al no existir un acto ilegal o arbitrario por parte de las recurridas al suscribir el acuerdo: "esta Corte no advierte la existencia de un actuar ilegal o arbitrario que importe una perturbación o amenaza de las garantías constitucionales invocadas por la recurrente".
"El referido acuerdo, agrega el dictamen, tiene como fin establecer el marco legal y condiciones comerciales entre Codelco y SQM para que en un futuro desarrollen actividades tendientes a explotar el litio en el Salar por intermedio de la sociedad conjunta, por lo tanto no es un acto o medida administrativa que habilite la explotación de recursos mineros de propiedad del Estado".
Rechazan y apelarán
Para el abogado de la comunidad, Gabriel Muñoz, la decisión omite puntos esenciales, en esa línea dijo que "llama la atención que los únicos antecedentes para dictar este fallo, cuyos alegatos se habían realizado en la mañana, sean los argumentados por las recurridas. No hay una sola alusión a los antecedentes de hecho y derecho, aportados por la comunidad, que a nuestro juicio son contundentes".
Sobre los próximos pasos, advirtió que presentarán una apelación ante la Corte Suprema "a fin de que, conforme a los antecedentes de hecho y derecho que presentaremos, se revoque esta sentencia desfavorable para las comunidades".