EL SECTOR QUE ES OBJETO DE LA DEMANDA DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO ESTÁ UBICADO EN PEINE
EL CDE EXIGE UNA SERIE DE MEDIDAS DE REPARACIÓN EN LA ZONA
Las mineras Escondida, Zaldívar y Albemarle ya ingresaron sus contestaciones al Primer Tribunal Ambiental, en respuesta a la demanda conjunta presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) por daño ambiental en el acuífero de Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, donde la extracción de recursos hídricos provocó un descenso superior a 25 centímetros de las aguas del subsuelo.
La demanda, ingresada el 30 de marzo y acogida el 7 de abril, es parte de una acción que busca la reparación por el daño ambiental ocasionado en este sector del extremo sur del Salar de Atacama, pues la disminución del nivel freático, que se extiende desde el 2005, va más allá de lo que pueden soportar los sistemas vegetacionales de Tilopozo, y los sectores La Punta y La Brava.
"Daño inexistente"
En su respuesta de 130 páginas, Escondida sostiene que "tanto el CDE como Peine demandan un daño inexistente" y que no tiene participación pues sus extracciones se encuentran a más de 9 kilómetros de las vegas de Tilopozo. Además, asegura que "el acuífero continúa cumpliendo sus funciones ecosistémicas con normalidad, gracias a la mantención prácticamente inalterada del flujo subterráneo que descarga" en el sector.
Asimismo, prosigue, "los datos demuestran que no se ha producido un detrimento en las vegas de Tilopozo. Por el contrario, los sistemas vegetacionales de la zona se han comportado dentro de los rangos de variabilidad propios para esta clase de formaciones".
En este sentido, la empresa sostiene que "los demandantes sustentan sus erróneas aseveraciones exclusivamente en imágenes satelitales analizadas de forma deficiente por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), limitándose simplemente a replicarlas, lo que los llevó a las, conclusiones equivocadas del presente caso".
"No puede prosperar"
Desde Albemarle, que se especializa en litio, respondieron en 66 páginas que la demanda tiene una "gran incoherencia", debido a que no contiene antecedentes que permitan vincular lo planteado en ella, y las supuestas infracciones, con las operación de la minera.
Esto, explican, pues lo descrito en la demanda corresponde a resoluciones de calificación ambiental; procedimientos de fiscalización y sanción seguidos por la SMA; denuncias y procedimientos administrativos ante la DGA, que no tiene relación con Albemarle, si no con las otras empresas demandadas.
En ese contexto, la firma cree que "este tipo de información solo se presta para generar confusión e instalar de manera artificial a Albemarle en la demanda presentada por el CDE, la que evidentemente tiene otro objetivo (...) la demanda no hace ningún esfuerzo por entregar antecedentes que tengan relación".
Más adelante exponen que "en definitiva, estamos frente a una demanda que nos sorprende, ya que pareciera que se nos incluye más por estar ubicados en un determinado 'barrio' que por antecedentes concretos o de fondo que nos vincule con los supuestos efectos ambientales descritos en ella (...) Por lo expuesto, y como lo acreditaremos en el presente juicio, la demanda no puede prosperar".
1/3 de lo autorizado
La operación de Antofagasta Minerals, Zaldívar, también fue enfática en rechazar, en una respuesta de 71 carillas, los argumentos de la demanda, explicando que "en todo momento ha captado las aguas con plena sujeción a la totalidad de la normativa sectorial y ambiental vigente" y "no ha incurrido en infracción alguna a la normativa".
Para ilustrar esta aseveración, detallaron que "no obstante que Zaldívar es actual titular de derechos de aprovechamiento de agua subterránea en el sector de Negrillar por más de 500 litros por segundo (l/s), (exactamente 560,3 l/s), y que "fue expresamente autorizada por la autoridad ambiental para extraer hasta un caudal promedio anual de 500 l/s desde el mismo sector hasta el año 2025, jamás extrajo ni remotamente tales volúmenes".
En este sentido, complementaron que "entre los años 1995 y 2021 los caudales promedio anuales extraídos han alcanzado tan sólo los 170 l/s aproximadamente (...) sin haber durante ningún año siquiera sobrepasado los 220 l/s. Es decir, las extracciones en promedio han sido únicamente por 1/3 de aquellas que le fueron expresamente autorizadas por la autoridad".
Grave, permanente e irreparable
Según la demanda del CDE la extracción continua de recursos hídricos del acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, ocasionó el deterioro grave, permanente e irreparable del acuífero, comprometiendo su capacidad de regeneración y la diversidad biológica asociada; las vegas o Sistema Vegetacional Azonal Hídrico Terrestre de Tilopozo; los ecosistemas acuáticos de las lagunas La Punta y La Brava; los servicios ecosistémicos de soporte, regulación, provisión, hábitat y paisajísticos proporcionados por el acuífero.
60 km de longitud y un ancho promedio de 8,5 km, considera el acuífero de Monturaqui-Negrillar-Tilopozo.
30/03 ingresa la demanda conjunta del Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra las empresas mineras.