En marzo pasado se dio el vamos a la Mesa de Consenso Indígena, la cual busca definir una manera de consultar a los pueblos originarios para evitar la judicialización que hoy frena varios proyectos.
“Hemos avanzado en 15 artículos, pero hay otros cinco que siguen pendientes”, explica Cecilia Flores, presidenta del Consejo Nacional Aymara y parte de los 24 representantes indígenas que se reúnen dos veces al mes con autoridades de gobierno para avanzar en la iniciativa.
Si bien, el ministro de Desarrollo Social, Bruno Baranda, destaca que “hay un 80% a 85% de las normas que están consensuadas” en la mesa, los puntos en conflictos podrían retrasar los acuerdos.
“Hay tres o cuatro normas que son importantes y que estamos en proceso de consensuar. Apostamos a la voluntad de las partes para alcanzar un acuerdo”, explicó el secretario de Estado.
Cecilia Flores aclara uno de los puntos que traería mayores complicaciones: cuándo debe consultarse un determinado proyecto a los pueblos originarios.
Los indígenas buscan que todos los proyectos sean consensuados con anticipación, independiente de si la iniciativa debe presentarse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
“La propuesta del gobierno es que todos los proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación Ambiental sean consultados en este reglamento que estamos creando y no en el reglamento de participación ciudadana. Estamos entrampados porque tenemos que ver qué pasa con las concesiones mineras y otras instancias que son administrativas y no ingresarían al SEIA”, dice Cecilia Flores.
El Convenio 169 lo adoptó la OIT en 1989, para generar un marco de protección a los pueblos originarios, al que el Congreso chileno recién dio el vamos en 2008 y la entonces presidenta, Michelle Bachelet, lo ratiflció en agosto de ese año. A partir de su entrada en vigencia, en septiembre de 2009, este convenio ha sido protagonista en la discusión sobre todo para el desarrollo de nuevos proyectos cuando éstos deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. ¿Por qué? Porque el artículo 6 del convenio plantea que se debe “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”. Y agrega, al final de ese artículo que “las consultas llevadas a cabo en la aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de Ilegal a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”.
¿LA SOLUCIÓN?
A principios de año, el gobierno ingresó a Contraloría el nuevo reglamento para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual se estima que llenaría varios vacíos que se desprenden del Convenio 169.
El reglamento fue devuelto al ministerio frente a algunas observaciones planteadas por Contraloría. “Es un proceso normal”, dice el fiscal del Servicio de Evaluación Ambiental, José Adolfo Moreno, quien aclara que el documento ya fue presentado nuevamente al ente fiscalizador y se está a la espera de la toma de razón.
“La propuesta de reglamento del SEIA es bien clara: siembre que haya que hacer una consulta a los pueblos originarios vamos a estar hablando de un Estudio de Evaluación Ambiental; no importa el tipo de proyecto, porque la única forma de cumplir con los estándares del Convenio 169 es haciendo un Estudio de Impacto Ambiental”, remata Moreno.