SQM ingresa requerimiento al Tribunal Constitucional por disputa con Errázuriz

Envie este Recorte Version de impresion de este Reportaje Publicado el 31 de diciembre de 2013 Visto 298 veces

Una nueva batalla entre SQM y NX Uno de Peine, la sociedad de minería no metálica de Francisco Javier Errázuriz Ovalle, se libra por estos días ahora ante el Tribunal Constitucional (TC), SQM está solicitando al TC una acción de inaplicabilidad con el que busca mensurar las pertenencias Llano 519 del 1 al 10, que están hoy en día superpuestas a las ya constituidas por el Grupo Errázuriz (con el nombre de Oriente 295 del 1 al 20), en el Salar de Atacama.

El Código de Minería chileno obliga a que las firmas tengan que mensurar sus pertenencias al cabo de 15 meses desde que presentaron su manifestación al juzgado, proceso que a SQM se le vence este 20 de febrero.

Según entendidos, SQM confía en que si el TC le extiende el plazo que permite la ley para mensurar, pueda disponer del tiempo necesario para despejar a su favor la demanda paralela que interpusieron en el Primer Juzgado de Letras de Calama contra NX por nulidad de las pertenencias en conflicto (esto porque según la presentación al TC, Errázuriz las habría obtenido de manera fraudulenta y dolosa), y así SQM podrá mensurar y ejercer propiedad sobre dichas pertenencias.

Antecedentes del caso

El inicio del conflicto data desde el año 2009 cuando SQM interpuso una demanda en el 2º Juzgado Civil de Calama en contra de NX por caducidad de estas pertenencias que totalizan cerca de 22 mil hectáreas.

Según la demanda, la acusación de caducidad implicaba que NX no cumplía con todos los requerimientos para ser la dueña, porque carecían de planos y actas de mensura dentro del plazo que se indica en la ley. La acción judicial fue rechazada por el juzgado de Calama, por lo que SQM, acudió a la Corte de Apelaciones de Antofagasta para que revocara el fallo, hecho que ocurrió. 

Ante esto, NX recurrió a la Corte Suprema, que anuló el fallo de la corte de Antofagasta y ratificó la primera resolución del juzgado de Calama y determinó que NX es la dueña de las pertenencias. Con este resultado, NX se querelló en 82 causas contra el perito y contra quienes resulten responsables en el juzgado de garantía de Calama acusándolos de sobremensura de las propiedades avaluadas en US$ 360 millones, causa que está actualmente en tramitación.

Por su parte, SQM –independientemente de la resolución que ya dio la Corte Suprema-, arremete con una nueva ofensiva legal, esta vez no pidiendo la caducidad, si no que la nulidad.

Los puntos impugnados

1     Artículo 27 del Código de Minería que dispone que "Sobre las sustancias concesible existentes en terrenos cubiertos por una concesión minera no puede constituirse otra. El juez velará por la observancia de esta prohibición".

2     Artículo 4, inciso 2 de la Ley N 18.097, que establece que "sobre las sustancias concesibles existentes en una misma extensión territorial no puede constituirse más de una concesión minera".

3      Artículo 78 incisio 1 del Código de Minería que expresa que "dentro del plazo de quince meses contado desde la fecha de la presentación de la manifestación al juzgado, su titular, o cualquiera de ellos, deberá presentar, en tres ejemplres, el acta y plano de mensura de la pertenencia o grupo de pertenencias".

4     Artículo 73 inciso 1 del Codigo de Minería, que señala que "El ingeniero o perito no podrá en caso alguno abarcar con la mensura pertenencias vigentes".



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