Fiscalización sanitaria preventiva y de control pandemia convid-19, de la Unidad de Fiscalización del municipio de San Pedro de Atacama, en el control de acceso a la comuna.
Alcalde, Aliro Catur, apuntó que el apoyo de la recién formada Unidad de Fiscalización se implementó tras recibir una capacitación de la autoridad sanitaria sobre prevención y control del covid-19.
Un reforzamiento y apoyo a las labores de fiscalización para el cumplimiento de las medidas que impidan el contagio y propagación del covid-19, implementó el municipio de San Pedro de Atacama en el control y aduana sanitaria habilitada por la Seremi de Salud de Antofagasta en el acceso principal de la comuna que registró cuatro casos activos, la semana pasada. Los funcionarios integran la Unidad de Fiscalización que se constituyó en mayo, tras la ampliación de la planta funcionaria que alcanzó la actual administración del alcalde, Aliro Catur.
Al respecto, la primera autoridad comunal de San Pedro de Atacama, indicó que las fiscalizaciones a los conductores y pasajeros para el cumplimiento de las medidas de salud pública que impidan el contagio del coronavirus, las aplican los funcionarios municipales con el conocimiento y capacitación sanitaria que recibieron con los equipos de la Seremi de Salud de Antofagasta.
“Las labores se extenderán hasta este jueves 4 de junio, quedando disponibles para cuando lo requiera Salud de Antofagasta”, apuntó la directora de Medio Ambiente, Aseo y Ornato municipal (Dimao), Leticia González.
La atribución para que los inspectores municipales de San Pedro de Atacama puedan verificar y colaborar en las normativas de la autoridad sanitaria, son posibles dada la atribución del decreto N º 18 del Ministerio de Salud que los faculta, entre otros, en la fiscalización del uso de mascarillas en el transporte público y privado, cumplimiento de las cuarentenas, revisar las condiciones sanitarias en ferias libres y centros comerciales, centros residenciales de adultos mayores y delivery.
El texto señala: “encomendar las funciones dispuestas en el Título del libro X del Código Sanitario a funcionarios de otros servicios públicos y funcionarios municipales, que se encuentren en comisión de servicio en la Secretaría Regional Ministerial de Salud”.