La comunidad aymara de Ancovinto –que habita hace siglos Colchane, donde se halla el salar de Coipasa, el quinto más grande de Chile– presentó un recurso de protección en la Corte se Apelaciones de Iquique, contra los ministerios de Minería y de Desarrollo Social, por “graves errores” y “omisiones ilegales y arbitrarias” en el decreto que convoca la consulta indígena del Contrato Especial de Operación (CEOL) de litio en el salar. La acción judicial fue acogida el viernes pasado y en el mercado del litio aseguran que amenaza con detener faenas.
El recurso judicial de los aymaras de Colchane pone en jaque la consulta indígena por el Convenio 169 de la OIT, por la explotación de litio, y puede abrir un nuevo flanco político al Gobierno de Gabriel Boric, tal como le ocurrió a la administración del expresidente Piñera, en 2022, cuando la Tercera Sala de la Corte Suprema acogió dos recursos de protección interpuestos por las comunidades indígenas atacameñas de Camar y Coyo en contra de los procesos de licitación de explotación de litio.
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“Fuimos marginados del proceso de consulta, es una omisión inexplicable por parte del Estado, ilegal y arbitraria, pues excluye a una de las colectividades más afectadas, si no la que más, por la exploración, explotación y beneficio de litio en el salar de Coipasa”, advierten representantes aymaras de Colchane.
La denuncia de la comunidad aymara ya genera interés y debate en la Comisión de Minería de la Cámara de Diputadas y Diputados. La diputada por Antofagasta, Yovana Ahumada, miembro de la instancia, afirma que “no haber considerado” a los aymaras del salar que recurrieron a la Corte “es una situación grave”, ya que excluye la opinión de pueblos originarios que habitan dicho salar.
“La exclusión es de la mayor gravedad, porque esto se ha hecho presente en todos los CEOL que se han levantado y analizado. Como ocurrió también en el salar de Atacama y donde se ha dicho, además, cómo es el impacto que se tiene en la intervención de los salares, y lo que afecta a las comunidades. Yo espero que se reponga, se regularice y no se tomen decisiones sin escucharlos, sin considerar su apreciación y lo que ellos consideran les impacta en las intervenciones para desarrollar extracción del litio”, señala la diputada.
Según repara, la población aymara se ve impactada no solo en su vida diaria, sino también en lo que afecta su entorno y el medio ambiente donde ellos viven y que es tan cercano a los salares donde se pretende desarrollar hoy la industria del litio.
El quinto salar más grande
La Corte de Apelaciones de Iquique acogió a tramitación el recurso y otorgó 10 días de plazo a los demandados para informar sobre las situaciones denunciadas. Si bien el tribunal de alzada no ha aceptado la orden de no innovar, los demandantes pueden insistir en ella cuantas veces lo consideren necesario. Sin embargo, advierten que el proceso de consulta corre peligro, pues la sentencia definitiva puede invalidarlo completamente.
De acuerdo con los especialistas en el litio, el salar de Coipasa tiene una extensión de 2.218 km², 70 kilómetros de largo y formaría parte del triángulo de salares que concentra el 53% de los recursos de litio a nivel global. Situado a más de 3.850 metros de altitud, este ecosistema no solo alberga importantes reservas de litio y otros minerales, sino también una biodiversidad única, compuesta por flora y fauna adaptadas a sus extremas condiciones de salinidad y aridez.
Además, el salar de Coipasa desempeñaría un papel fundamental en la vida cultural y económica de las colectividades indígenas circundantes, incluida la comunidad de Ancovinto.
Un déjà vu del Gobierno de Piñera 2022
El recurso de protección de las comunidades aymaras de Colchane coloca un escollo complicado a la consulta indígena establecida por el Convenio 169 de la OIT. Ello, porque la acción legal puede interrumpir las operaciones mineras y alimentar una nueva controversia con La Moneda, mientras que el equipo de crisis de la Subsecretaría del Interior pasa por un incómodo momento.
Lo anterior parece ser un déjà vu de 2022. Es decir, un caso muy parecido a lo que ocurrió con la administración del expresidente Sebastián Piñera.
En ese año, la Tercera Sala de la Corte Suprema aceptó dos recursos de protección de las comunidades indígenas atacameñas de Camar y Coyo, que se oponían a los procesos de licitación para la explotación de litio, hasta que hubiera una consulta indígena a todos los pueblos afectados.
Tal como en su momento informó El Mostrador, la presentación indígena de 2022 generó un impacto internacional, donde se leyó un cuestionamiento a la legitimidad del proceso de licitacioÃŒÂn y explotacioÃŒÂn del litio. En ese caso en particular, saltarse en la consulta indiÃŒÂgena a comunidades afectadas, implicó que el entonces Biministerio de Minería y Energía incumpliera el Convenio 169 de la OIT.
“Es un hecho histórico, inédito desde el punto de vista judicial y de la perspectiva de la defensa de los derechos ancestrales de las comunidades atacameñas que la Corte Suprema acoja estos recursos, defienda a estas, les dé valor a sus derechos ancestrales y territoriales y en la defensa del salar de Atacama y, por lo tanto, suspenda los contratos, la licitación y la adjudicación”, expresó a El Mostrador el abogado patrocinador Gabriel Muñoz que aquel entonces.
La decisión de la Corte Suprema no solo fue un revés para el fallecido exmandatario. También fortaleció el movimiento por los derechos indígenas, debido a que la sentencia fue vista en sectores económicos y políticos como un reconocimiento a la importancia de la consulta y la participación activa en las comunidades en decisiones que tienen que ver con su territorio.
Asimismo, se puso en entredicho una estrategia de desarrollo de Piñera, donde la adjudicación de contratos de litio se alineaba con la estrategia del Gobierno para atraer inversión y desarrollar la economía. La sentencia de la Corte Suprema abrió el debate además sobre cómo equilibrar la inversión económica y el respeto a los derechos humanos de las comunidades autóctonas.
El presidente de la comunidad de Ancovinto, Joel Gómez Mamani, agrega un dato curioso y de poca estética. Según sostienen en la comunidad, en el considerando 21 de la mencionada resolución, se señala, en su parte final, que uno de los fundamentos de la misma es el denominado estudio “Delimitación de territorios comunitarios y patrimoniales de la provincia de El Loa y patrones de ocupación” o estudio de Datadura, mandatado por Conadi en 1998, el cual identifica y caracteriza “la demanda territorial de las comunidades indígenas atacameñas y quechua de la provincia del Loa”.
El punto es que el salar de Coipasa está en la Región de Tarapacá y no en la de Antofagasta, por lo que resulta evidente para los denunciantes que se utilizó un estudio relativo a comunidades quechuas y atacameñas de la Región de Antofagasta. Por lo tanto, la inclusión de este estudio en el decreto, relativo a otros pueblos y a otro territorio que están absolutamente alejados de Coipasa, revela la reprochable conducta del copy-paste.
“La persona que redactó el decreto utilizó un formato anterior e incluyó este estudio, pues seguramente utilizó como base las resoluciones relativas a la consulta de los salares de la Región de Antofagasta, lo que revela una negligencia inexcusable, una culpa grave, una desidia y un descuido de marca mayor, a la hora de redactar el decreto”, sostiene un asesor de la comunidad.