La Corte de Apelaciones de Santiago, acogió este miércoles la presentación de un recurso de protección en contra del Ministerio de Medio Ambiente por la aprobación del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, sin consulta previa a los pueblos indígenas; acto que a juicio de un conjunto de organizaciones indígenas, priva, perturba y amenaza en forma ilegal derechos constitucionalmente, en particular, los establecidos en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, esto es la igualdad ante la Ley, y en el numeral 24 del mismo artículo, el derecho de propiedad.
La acción legal, que contó con el patrocinio del Observatorio Ciudadano, fue interpuesta en favor de la Asociación Indígena Consejo de Pueblos Atacameños; la Comunidad Agrícola y Diaguita de los Huascoaltinos y Claudia Paillalef Montiel, Consejera Huilliche ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, CONADI. Y en ella se solicita al Tribunal que dicho acto administrativo sea dejado sin efecto y que se imponga a los órganos del Estado de Chile competentes, la obligación de materializar su deber de consultar a los Pueblos Indígenas, contemplado en el artículo 6 del Convenio N° 169 de la OIT, consigna la web de los patrocinantes.
El abogado del Observatorio Ciudadano, Matías Meza-Lopehandía, indicó que el recurso “busca dejar sin efecto el reglamento publicado en el Diario Oficial el día 12 de agosto del presente año, mediante el cual el gobierno intenta imponer un mecanismo de consulta en el marco del sistema de evaluación ambiental de proyectos. Lo anterior, sin atender advertencias de las propias organizaciones que hoy recurren; del Relator Especial de la ONU, James Anaya; de los organismos competentes de la OIT y del Instituto Nacional de Derechos Humanos, entre otros, respecto a inconstitucionalidad e ilegalidad del mismo. Por eso, hemos tenido que llegar a esta instancia”.
A su turno, Claudia Paillalef, quien ejerce como Consejera ante CONADI y es miembro de la comunidad mapuche-huilliche Riachuelo (Provincia de Osorno), sostuvo que “la actual normativa transgrede gravemente los derechos a la consulta y la participación de los pueblos indígenas. Pues si bien se ha gestado un proceso por parte del gobierno para discutir sobre esta materia, fue un proceso totalmente viciado, poco transparente, sin que se cumplieran los estándares de que esta sea un proceso informado y de buena fe”.
“Con esta tozudez de imponer un reglamento inconsulto, la institucionalidad ambiental extiende la violentación y afectación a otros derechos, individuales y colectivos, como son el derecho a la tierra, al territorio y a definir nuestras prioridades de desarrollo, que también son garantizados por Convenio 169 de la OIT, la Convención de Biodiversidad y la ley indígena, entre otros”, agregó Paillalef.
La dirigenta hizo una invitación “a otras organizaciones y comunidades indígenas a sumarse a esta acción judicial, y reiteramos el llamado a las autoridades respetar los derechos de los pueblos indígenas, y al Estado a ser garante de estos derechos”.