Acuerdo SQM-Codelco puede ser inconstitucional

Acuerdo por el litio SQM-Codelco podría constituir una violación a la Constitución de Chile tras una fórmula diseñada para su vulneración y de los accionistas minoritarios de la empresa

Envie este Recorte Version de impresion de este Reportaje Publicado el 15 de noviembre de 2024 Visto 47 veces
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El Ciudadano

El controversial acuerdo a puertas cerradas entre SQM-Codelco para extender la participación de Ponce Lerou hasta el año 2060 en el negocio del litio está en jaque y la Corte de Apelaciones de Santiago ha oficiado al Estado, mientras Codelco, intenta poner paños fríos.

Se trata de un  recurso presentado contra Codelco, y sus nuevas filiales Minera Tarar y Salares de Chile, siendo Tarar la entidad creada para ser absorbida por SQM y operar el Salar de Atacama hasta el 2060.

El recurso fue presentado por el abogado Juan Francisco Sánchez y se fundamenta en que la explotación del litio debe contar con una autorización expresa y previa, emanada de una ley de quórum calificado, debido a que los recursos mineros de este tipo tienen un régimen especial en la Constitución.

Codelco señala que estas solicitudes son “improcedentes” y no están relacionadas directamente con el recurso de amparo económico ni con el objeto de la disputa.

No obstante, cabe recordar que Codelco ha sido el ente tras la negociación del litio y que en el Memorándum de Entendimiento entre SQM y Codelco se hablaba de crear una nueva empresa para llevar adelante la explotación, no obstante en el acuerdo posterior se optó por una fórmula que les evitará el tener que pasar por el Congreso y tener que consultar la decisión con sus socios minoritarios, entre ellos Tianqi, de China.

De este modo Codelco y SQM junto a sus asesores, a sabiendas habrían dado con una fórmula para saltarse lo que dictamina la Constitución de nuestro país, lo que sería grave, pues tampoco consideran un CEOL para la explotación.

Según el abogado, Corfo asignará directamente a Minera Tarar SpA —una sociedad creada exclusivamente para este propósito— sus derechos de explotación minera en el Salar de Atacama para el período 2030-2060, en lugar de abrir un proceso de licitación pública, como exige el artículo 9 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.

El recurso contra Codelco, sus nuevas filiales Minera Tarar y Salares de Chile y Corfo, pide entre otras cosas disolver las dos filiales y sostiene que la Constitución exige que “cualquier actividad empresarial del Estado, como la explotación del litio, debe contar con una ley específica que lo autorice”.

Producto de ello, La Corte de Apelaciones de Santiago ofició a los ministros de Minería y Secretaría General de Presidencia (Segpres) para que se pronuncien sobre el recurso de amparo económico que interpuso el abogado Juan Francisco Sánchez, socio de estudio Valdivia Legal.

Aunque la acción pueda tener problemas de forma como amparo económico, hay un tema de fondo que la Justicia ha de observar y es la eventual colusión entre una empresa del Estado asesorada por abogados ligados a SQM (Carey) y SQM para lograr un trato directo sin licitación que viola la Constitución en lo que se refiere a explotaciones de materiales altamente estratégicos como el litio.



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El Ciudadano

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