El Tercer Juzgado Civil de Calama confirmó los derechos de aprovechamiento superficial y ejercicio permanente sobre las aguas del río Loa que posee la comunidad indígena atacameña de Toconce, y rechazó las oposiciones levantadas por las empresas Aguas Antofagasta S.A. y Soquimich S.A.
Además, el fallo dictado por la jueza Margarita Gordillo ordena la inscripción de los derechos de aprovechamiento a favor de la comunidad indígena ubicada a cerca de 100 kilómetros al noreste de la ciudad de Calama.
El abogado de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y encargado del programa defensa jurídica, Carlos Salazar, explicó que el dictamen se basó en el Artículo 64 de la Ley Indígena.
El jurista agregó que desde el año 2004 los fallos de tribunales están sentando jurisprudencia sobre este tema y despojando a las empresas mineras y compañías privadas de agua potable que pretenden usufructuar de las vertientes emanadas en el sector alto del rio Loa.
“La Ley Indígena del año 2003 establece normas de protección específicamente en favor de las aguas de comunidades aymaras y atacameñas, pero ya a partir de fallos favorables y después con la entrada en vigencia del convenio 169 en el año 2009, eso quedó absolutamente zanjado y determinado. Es muy difícil que la Corte Suprema saque un fallo que vaya en contra de esa jurisprudencia que ya se sentó en su oportunidad, los tribunales locales no hacen más que aplicar esa jurisprudencia”, argumentó.
El antropólogo de la Fundación Patrimonio del Desierto de Atacama, Alonso Barros, puso en duda la continuidad del Artículo 64 de la Ley Indígena con la nueva reforma al Código de Aguas, que aún está en el debate legislativo.
En este contexto, Barros advirtió que se podría ver afectado el mecanismo de regularización, ya que la búsqueda de cambios a la actual normativa puede verse influenciada por el lobby realizado desde las grandes compañías mineras para cerrar y restringir tal reclamación ancestral indígena.
“El tribunal dijo sí, le corresponde por tantas terrazas, tantos litros por segundo y eso es lo que se pretende reformar en la Constitución. Existe un lobby muy fuerte para cerrar esto de que los indígenas puedan reclamar derechos de aguas de tiempos inmemoriales contra derechos inscritos de las empresas. Esto le da mucha inestabilidad al mercado del agua. La reforma al código puede resultar perjudicial para los pueblos indígenas, ya que no quieren dejar esta puerta abierta, con el fin de que siga siempre gente reclamando que ocupan aguas desde otros tiempos”, detalló.
El miembro de la comunidad indígena de Toconce, Jorge Berna, recordó los conflictos que por años han tenido con las empresas mineras de la zona.
Berna precisó que principalmente en la década del ’40 del siglo XX y debido al desconocimiento, sus antepasados debieron someterse al actuar de la industria. Así, fueron testigos de la sequía en los bofedales y napas subterráneas, que en un principio abundaban en las nacientes del rio Loa y que daban la posibilidad de subsistir producto de la agricultura de terrazas y crianza de llamas.
“Ya desde el año cuarenta y tantos me decía mi padre que se habían traído el agua canalizada, principalmente en ese tiempo Chuquicamata. Entonces todos los bofedales que ahí existían se secaron y el ganado, principalmente de llamos, se perdió. Posteriormente las mineras que ya les resultaba insuficiente el agua canalizada comenzaron a construir pozos, se llenó la pampa de pozos en el sector alto del rio Loa y los pocos riachuelos que fueron quedando, fueron absorbidos por estos hoyos”, subrayó.
El miembro de la comunidad indígena de Toconce agregó que las comunidades atacameñas han tenido temor a dar la pelea contra las grandes compañías explotadoras de minerales y de agua, debido a la ignorancia y el recelo que afecta a muchos comuneros porque precisamente se desempeñan laboralmente en dichas empresas.
Sin embargo, indicó que con este tipo de fallos se revierte y reconocen los beneficios de las comunidades, los derechos sobre el vital elemento.