Miles de trabajadores de SQM eran accionistas, en 1990, de Pampa Calichera, sociedad que era, a su vez, el accionista mayoritario de la minera, con casi 20%. Pampa Calichera se había formado en noviembre de 1986 como parte del programa de capitalismo popular impulsado por el gobierno y que buscaba convertir a los trabajadores en accionistas. El plan en SQM se denominó Cachucho 7 e involucró a miles de empleados de la minera. Tres décadas después, en octubre de 2016, unos 1.400 trabajadores, liderados por el ex dirigente sindical Hugo Herrera, se querellaron contra Julio Ponce y su hermano Eugenio, actual presidente de SQM, por estafa y apropiación indebida.
El tiempo transcurrido era su principal obstáculo. Para vencer la discusión sobre la prescripción, los abogados de los trabajadores, Daniel Ibáñez y Luis Carmona, enarbolaron así la tesis del delito continuado.
Esa tesis originó una contienda de competencia entre el 34 Juzgado del Crimen y el Séptimo Juzgado de Garantía. El primero es el que debe revisar las causas por hechos ocurridos antes de junio de 2005, cuando comenzó a operar la reforma procesal penal en la Región Metropolitana.
El abogado de Eugenio Ponce, Marcelo Torres -defensor también de varias personas investigadas por pagos irregulares desde SQM- pidió al Séptimo Juzgado declararse incompetente porque la querella de los ex trabajadores aludía a hechos ocurridos entre 1983, cuando se inició la privatización de SQM, y 1990, cuando vendieron sus títulos de Calichera, acusan, mediante engaños.
La diferencia la resolvió la Corte de Apelaciones el 18 de enero, que estableció que la causa debía ser vista por los actuales juzgados, acogiendo la tesis de los querellantes y del fiscal judicial, Jorge Norambuena, quien informó a la Corte sobre la causa.
Norambuena opinó que “estamos ante un delito continuado -de estafa o apropiación indebida- (…) atendidos los hechos que se describen en la querella, en que se relata una reiteración de actos que se han venido prolongando en el tiempo, y cuyos primeros actos comenzaron desde las primeras maniobras dolosas, que indujeron error a las víctimas, para que se desprendieran de sus acciones”. El fiscal escribió que esto “ha generado un perjuicio a las víctimas que se ha mantenido (…) y sin que hasta la fecha se haya efectuado devolución a las víctimas, de aquello que los imputados recibieron en su oportunidad con obligación de restituir”.
El Juzgado remitió en febrero la querella a la Fiscalía Centro Norte, que inició una investigación liderada por Jaime Retamal, de la unidad de Delitos de Alta Complejidad.
Una de las primeras diligencias dictaminadas fue citar a declarar a Julio y Eugenio Ponce, para el 9 y 10 de marzo. La citación, sin embargo, fue reagendada y se espera que Eugenio Ponce declare ante la Fiscalía la próxima semana.
Julio Ponce ha declarado en otras ocasiones, ante otros fiscales, que no tuvo relación con la creación de Calichera en 1986, ya que volvió a SQM como director en 1987, y que recién en 1991 entró a la estructura de sociedades que tenían participación en la minera.
Lo que acusa la querella
En la querella, de 199 páginas, los ex mineros dicen que en medio de una negociación colectiva en 1986, la empresa les ofreció adelantar el proceso sindical a cambio de acciones de la minera, las que se irían a un fondo de indemnización una vez dejaran de trabajar en Soquimich. Más tarde, ejecutivos de la empresa, según el relato de la querella, los instaron a crear Pampa Calichera, para tener más acceso a la propiedad de la minera. Así, se quedaron con el 86% de la nueva sociedad, los supervisores con el 12,46% y los ejecutivos con el 1,54%.
Sin embargo, y a pesar que el estatuto no lo permitía, las acciones fueron prendadas a cambio de préstamos con los bancos Español (hoy Banco Santander), A. Edwards (hoy Banco de Chile) y Banco del Estado, para obtener más acciones de SQM. El compromiso era que “una vez pagados los créditos bancarios para adquirir las acciones SQM, es decir, en el año 1992, se procedía a disolver la sociedad Pampa Calichera S.A. y se nos entregaba a los trabajadores 3,8 acciones SQM por cada acción SQM aportada al negocio”.
La restitución de esas acciones, según los trabajadores, nunca ocurrió. La querella estima que los perjuicios ocasionados a los ex empleados de la minera ascienden a unos US$ 78 millones.