La Coordinadora de Autoridades Ancestrales y Dirigentes de los Pueblos Indígenas Autoconvocados determinaron que hay una “sobre-reglamentación” en lo que se refiere a los procesos de consulta.
Esto considerando el reglamento 142, la norma del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental y el reglamento 66, lo que se suma al nuevo Decreto Supremo del Gobierno sobre la materia.
Representantes de los pueblos Aymara, Quechua, Lickan Antay, Diaguita, Colla, Rapa Nui, Mapuche, Kawésqar y Yagán aseguran que el nuevo procedimiento “ha refrendado instituciones tan importantes como el mismo relator especial para los derechos de los pueblos indígenas de la ONU y el INDH.
Marco Catricura, lonko mapuche de la Región de O’Higgins, dijo que desde los procedimientos anteriores que no se respetan los distintos pasos que se deben aplicar. Por ejemplo, con la cartilla del 2011 que establecía seis puntos: difusión e inscripción; talleres de información; trabajo interno; talleres de propuesta; revisión de aportes y entrega de resultados.
“Todo este trabajo se tenía que hacer en un año, y qué hizo el Estado, llegó hasta el punto dos y en ese punto validó la consulta. Cómo vamos a estar conforme, si nos han mentido a todos, nos han mentido a nosotros, se han reído de nosotros y de la ciudadanía en general porque le hacen ver que el Estado de Chile hace los trabajos como se los recomiendan los tratados o la comunidad internacional y eso es mentira”
El mecanismo que establece el Decreto Supremo 66 considera, ahora, una etapa de planificación, luego entrega de información, deliberación interna, diálogo y resultados.
Sandra Huentemilla, vocera de la coordinadora de autoridades ancestrales, agregó que además la representatividad de los pueblos indígenas ha sido tergiversada en las llamadas mesas de consenso, las que calificó de “falsas”.
“Se armó y se fabricó, se manipuló a los pueblos indígenas en mesas de consenso que no tienen ninguna legitimidad para los pueblos indígenas en general. Son mesas que lo único que hacen, utilizando el decreto 124, decir que las personas emitieron su opinión, pero en verdad no fuimos consultados. Eso no es consulta, eso no es participación de acuerdo a los estándares del 169, nosotros esperamos que el nuevo gobierno tome en cuenta todos estos factores, porque si no van a ser una amenaza para la estabilidad y la política indígena de este gobierno”, explicó la vocera.
El ministro de Desarrollo Social, Bruno Baranda, defendió el nuevo reglamento en la sesión bicameral encargada de dar cumplimiento al artículo sexto del Convenio 169 de la OIT y ahí explicó que este se concibió sin acuerdo en todas las materias de la mesa de consenso.
El nuevo mecanismo deroga el antiguo Decreto Supremo 126 y se establece como un derecho de los pueblos indígenas, con la finalidad de lograr acuerdos y el consentimiento final.
El secretario de Estado agregó además que la normativa que se ha hecho es para “validar y legitimar los procesos”.
“Siempre van a haber personas o comunidades de cualquier origen que por diversas razones no van a tener interés de iniciar un proceso evolutivo, progresivo y paulatino, sino involutivo”, concluyó Baranda, en relación a la oposición encontrada en el nuevo reglamento.