Actualizan alerta amarilla en San Pedro de Atacama por actividad del Volcán Láscar

Envie este Recorte Version de impresion de este Reportaje Publicado el 23 de agosto de 2018 Visto 290 veces

La Dirección Regional de ONEMI Antofagasta, actualizó este miércoles la Alerta Amarilla para la comuna de San Pedro de Atacama vigente a contar de hoy y hasta que las condiciones así lo ameriten, por la actividad sísmica en el Volcán Láscar.

De acuerdo a los antecedentes proporcionados por el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) y su Observatorio Volcanológico de los Andes del Sur, se conserva para el Volcán Láscar su Alerta Volcánica a Nivel Amarillo, debido a que se mantiene el comportamiento de la actividad volcánica sísmica, estimándose la zona de potencial afectación asociada a la actividad del Volcán Láscar a 2 kilómetros alrededor del cráter principal.

Asimismo, una Mesa Técnica, efectuada en Dirección Regional de la Onemi el día 06 Abril 2018, se estableció una Zona de Restricción de Actividades de 5 kilómetros alrededor del cráter activo, la cual se mantiene tras esta actualización.

Las principales orientaciones en relación a esta alerta son que los municipios e integrantes del Sistema de Protección Civil, deberán evaluar y monitorear permanentemente las condiciones de vulnerabilidad, adoptando todas las medidas pertinentes para evitar el impacto sobre la población en actividades de operaciones turísticas, rutas y conectividad, servicios básicos, sitios de interés, poblados remotos y/o zonas distantes, activar los respectivos Comités de Operaciones de Emergencia y establecer todas las coordinaciones previstas en la planificación específica para estos casos.

• Estas medidas administrativas implican el reforzamiento del monitoreo técnico del comportamiento del Volcán Láscar, la aplicación de los Planes Comunales de Emergencia en las fases correspondientes al alistamiento y disposición de los recursos del Sistema de Protección Civil para prevenir y/o controlar eventuales situaciones derivadas de este fenómeno natural.

• Asimismo, restringir actividades de Sector Turístico, particulares y privadas, tales como; pastoreo y actividades agrícolas en el radio de 5 kilómetros.



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