La lucha iniciada por el alcalde de Calama Esteban Velásquez, a la que se sumaron ayer todos los alcaldes de la Región de Antofagasta, tuvo su primer triunfo: el Servicio de Evaluación Ambiental ha decidido poner término al proceso de evaluación del proyecto “Sistema de Impulsión de Agua Lequena - Ujina” con el cual Minera Collahuasi pretendía concretar el contrato sustraído con Aguas Antofagasta (en los tiempos en que era Essan) y extraer agua desde el río Loa para sus operaciones mineras en Pica, Región de Tarapacá.
La resolución, firmada por Juan Carlos Monckeberg, Director Ejecutivo (S) Servicio de Evaluación Ambiental, indica que el proyecto contenía imprecisiones y falta de información relevante, en cuanto a eventuales alteraciones de disponibilidad de agua para consumo humano. "De los antecedentes expuestos, es posible concluir que el uso actual del agua captada en Lequena está destinado a abastecer de agua potable a la población de diversas localidades. En consecuencia, la ausencia de información a este respecto impide identificar potencialesimpactos que podrían producirse en relación a la disponibilidad del recurso para consumo humano y evaluar la posible alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en los términos de la letra", indica el documento.
Agrega que debe considerarse la existencia del Área de Desarrollo Indígena (ADI) Alto El Loa, que comprende el área rural de las comunas de Calama y Ollagüe, representando una extensa zona andina en la cual habitan un total de 1.210 personas aproximadamente. "Esta ADI está ligada a las etnias atacameñas y quechuas que habitan la cuenca del río Loa, subdividida en las comunidades atacameñas de Caspana, Conchi Viejo, Lasana, Ayquina-Turi, Taira, Cupo, Toconce, San Francisco de Chiu-Chiu y las comunidades quechuas del pueblo de San Pedro Estación y Ollagüe, conformando un espacio territorial de homogeneidad cultural y ecológica".
Se consignan reparos de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, que es enfática en señalar que “un aumento de extracción podría afectar no sólo la calidad de vida de las personas indígenas dependientes de este río, ya sea como agua potable para las comunidades y asociaciones indígenas de la comuna de Calama, y del uso que le dan para la agricultura, además de comunidades indígenas que se abastecen de agua a lo largo de su recorrido (…)”.
Por último, indica que el EIA carece de información asociada a la eventual afectación de los bofedales Ujina, La Represa, Mal Paso y Sapunta, todos con resolución DGA que establece áreas deprotección para los acuíferos que alimentan vegas y bofedales de la Región de Antofagasta.
Reacciones
El Alcalde de Calama Esteban Velásquez manifestó su plena satisfacción y dijo que "este es un logro de la ciudadanía que sacó la voz ante aquel proyecto que ponía en riesgo la fuente de vida del desierto más árido del mundo, como lo es nuestro río".
El intendente de la región de Antofagasta, Álvaro Fernández explicó que técnicamente esta resolución pone término en forma anticipada a este proceso por falta de información relevante especialmente en el tema hídrico. "Como lo he señalado confiamos en la institucionalidad ambiental que apunta hacia el bien común y así se está haciendo en este proceso de evaluación”.
Fernández aclaró que los motivos de la resolución se deben a que el titular no incorpora en la línea base el estudio de la disponibilidad de agua y el uso de agua que son, entre otros, datos fundamentales. Sino más bien se entregaron antecedentes respecto al ducto físico y a los efectos de su construcción en el tramo.
“Esta medida se toma en virtud a los cambios que se realizaron en materia institucional en medioambiente, ya que antes no se podía hacer, y es bueno porque permite a las empresas desde un comienzo enterarse sobre cuáles son los déficit de sus proyectos y también permite a los servicios no desgastarse en análisis inconducentes”.
Según el proyecto, el agua sería adquirida por Minera Collahuasi a la empresa Aguas Antofagasta en virtud de un contrato privado que data del año 2003 y de abastecimiento suscrito entre ambas partes en el 2008.
Ahora, la empresa minera tiene cinco días hábiles para presentar un recurso de reposición.